Liquidación de sueldo doméstica en Uruguay 2025: guía completa paso a paso
⏱️ Lo esencial en 60 segundos
- La liquidación de sueldo doméstico se rige por Ley 18.065 y los laudos del Grupo 21 (MTSS).
- Componentes: sueldo base, antigüedad, horas extra, feriados, nocturnidad, y beneficios (aguinaldo, licencia + salario vacacional).
- Aportes BPS: trabajadora (jubilación 15%, Fonasa 3–8%, FRL 0,1%) y empleador (jubilación 7,5%, Fonasa 5%, FRL 0,1%, BSE 1,87%, fondo garantía 0,025%).
- Liquidación final: salario y beneficios proporcionales + indemnización por despido (1 mes/año, tope 6).
- Descargá la planilla con fórmulas para Google Sheets: Plantilla de liquidación doméstica.
Table of Contents
Introducción: ¿por qué importa la liquidación de sueldo doméstica?
Liquidar bien el sueldo de una trabajadora doméstica no es solo un tema contable. Es un tema de derechos laborales y de seguridad para el empleador. Si no se hace correctamente, podés tener reclamos judiciales, multas de BPS y un dolor de cabeza que se evita siguiendo reglas claras.
👉 En resumen: La liquidación de servicio doméstico en Uruguay está totalmente regulada y es más sencilla de lo que parece si contás con una guía paso a paso.
1. Marco legal y normativa vigente
El trabajo doméstico en Uruguay está protegido por la Ley 18.065 (2006), que equiparó derechos con el resto de los asalariados. Los laudos y condiciones se fijan en el Consejo de Salarios – Grupo 21 y son publicados por el MTSS. La relación debe estar registrada en BPS desde el primer día y el empleador debe entregar un recibo con todos los conceptos.
Recordatorio práctico: pagar por debajo del laudo o fuera de BPS es ilegal y expone a multas y juicios. Con registro y recibo, ambas partes quedan protegidas.
2. Componentes básicos del sueldo mensual
2.1 Salario base y laudos
El punto de partida siempre es el sueldo nominal, ya sea mensual o por hora.
Si la trabajadora cumple 44 horas semanales, se aplica el sueldo mensual mínimo del laudo.
Si trabaja menos horas, se multiplica el valor hora por la cantidad efectivamente trabajada.
Ejemplo práctico: si el valor hora del laudo es $150 y trabaja 20 horas por semana, su sueldo mensual será $150 × 86 (horas promedio al mes) = $12.900 nominales.
2.2 Antigüedad
La ley reconoce la lealtad. Cada año trabajado suma un 0,5% extra sobre el sueldo base, hasta un máximo de 5%.
Ejemplo práctico: si María gana $20.000 nominales y lleva 6 años en la misma casa, cobrará un 5% adicional: $1.000 más cada mes.
Esto puede parecer poco, pero a lo largo de los años representa un ingreso significativo y una señal de reconocimiento a la estabilidad laboral.
2.3 Horas extras y feriados
El servicio doméstico también contempla el pago diferencial cuando se exceden las horas normales:
100% extra si trabaja más allá de la jornada habitual.
150% extra si lo hace en domingos o feriados.
Ejemplo práctico: Ana trabaja 2 horas extra un domingo. Su valor hora es $200. Entonces cobrará $200 × 2 × 2,5 = $1.000 adicionales.
Este cálculo simple es clave porque los feriados pagos suelen generar dudas en los hogares empleadores.
2.4 Nocturnidad
Cuando la jornada se desarrolla en horario nocturno (22 a 6 hs), se aplica un recargo:
15% si trabaja menos de 5 horas.
20% si trabaja 5 horas o más.
En los hechos, pocas trabajadoras cumplen jornadas enteras de noche, pero es común en hogares con personas mayores que necesitan cuidados.
3. Beneficios anuales
3.1 Aguinaldo
El aguinaldo es un derecho universal. En el caso del servicio doméstico:
Se paga en junio y diciembre.
Es el equivalente a un doceavo del total nominal ganado en el semestre.
Si la trabajadora no faltó, corresponde además el presentismo: 25% adicional sobre el medio aguinaldo.
Ejemplo práctico: si en el semestre ganó $120.000, su medio aguinaldo será $10.000. Con presentismo, cobrará $12.500.
3.2 Licencia y salario vacacional
Las trabajadoras tienen derecho a 20 días hábiles de licencia al año, que aumentan con la antigüedad. Durante ese período, se les paga el equivalente al sueldo nominal.
Además, la licencia va acompañada de un beneficio particular: el salario vacacional, equivalente al 100% del sueldo de esos días, y en algunos convenios se suma un 15% extra.
Esto significa que, al salir de vacaciones, la trabajadora cobra doble: el sueldo por licencia y el salario vacacional.
4. Aportes al BPS y costo real del empleador
Un aspecto clave en la liquidación son los aportes al Banco de Previsión Social (BPS).
4.1 Aportes de la trabajadora
- 15% – Jubilación.
- 3% a 8% – Fonasa (depende de si tiene cónyuge o hijos a cargo).
- 0,1% – Fondo de Reconversión Laboral.
4.2 Aportes del empleador
- 7,5% – Jubilación patronal.
- 5% – Fonasa.
- 0,1% – FRL.
- 1,87% – BSE (accidentes de trabajo).
- 0,025% – Fondo de Garantía Laboral.
En la práctica, el empleador paga un costo total 25% mayor al nominal de la trabajadora.
Simulá aportes: consultá los simuladores del BPS – Servicio doméstico y verificá laudos en MTSS – Laudos Grupo 21.
5. Modelo de recibo de sueldo
El recibo es el “contrato mensual” entre ambas partes. Debe mostrar:
- Datos de empleador y trabajadora.
- Sueldo nominal.
- Antigüedad, horas extras, feriados y otros conceptos.
- Aportes y descuentos.
- Neto a cobrar.
📥 Descargá aquí: una planilla editable en Google Sheets que hace todos los cálculos automáticamente.
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6. Liquidación final
Cuando la relación termina, el empleador debe hacer una liquidación final. Incluye:
- Salario proporcional del mes trabajado.
- Aguinaldo proporcional.
- Licencia generada y no gozada + salario vacacional.
- Indemnización por despido (un mes de sueldo por cada año trabajado, hasta 6).
Ejemplo práctico: Juana trabajó 4 años y gana $22.000 nominales. Si es despedida, le corresponde $88.000 de indemnización, más el proporcional de aguinaldo y licencia.
7. Herramientas y plantillas oficiales
Para facilitar la gestión y evitar errores, existen recursos oficiales y prácticos:
- BPS en línea: aportes y recibos oficiales.
- MTSS: publicación de laudos y normativa.
- Planilla Excel/Google Sheets: para cálculos prácticos, como la que compartimos en este artículo.
8. Preguntas frecuentes — General
Partí del laudo vigente, sumá antigüedad, extras, feriados y nocturnidad. Restá aportes BPS personales (y IRPF si aplica). Añadí aguinaldo en junio/diciembre y licencia + salario vacacional cuando corresponda.
Datos de empleador y trabajadora, período, haberes, descuentos y neto, con firma. Evitá abreviaturas confusas.
Si no se trabaja y cae en día habitual, se paga igual. Si se trabaja, se paga al doble. El 19 de agosto es feriado pago sectorial.
Hora normal × 2,0 (100% recargo). En domingo/feriado: hora normal × 2,5 (150%).
9. Preguntas frecuentes — BPS y aportes
Jubilación 15%, Fonasa 3–8% (según cargas y tramo) y FRL 0,1%. IRPF si supera mínimos.
Jubilación 7,5%, Fonasa 5%, FRL 0,1%, BSE 1,87% y Fondo de garantía 0,025%. Puede existir CCM (complemento) si corresponde.
Mensualmente. Se declaran salarios/jornales y se paga antes del vencimiento en redes de cobranza o banca.
Sí, ver BPS – Servicio doméstico.
10. Preguntas frecuentes — Aguinaldo y presentismo
Suma de nominales gravados del semestre ÷ 12. Junio: dic–may. Diciembre: jun–nov.
Un 25% adicional sobre el medio aguinaldo si no hubo faltas injustificadas en el semestre.
Sí, integra la nómina del mes en que se liquida y se computa a efectos de aportes.
11. Preguntas frecuentes — Licencia y salario vacacional
20 días hábiles al año (aumenta con antigüedad). Se generan en el año y se gozan al siguiente.
Un 100% del sueldo de los días de licencia (y en algunos convenios, un +15% complementario). Se paga al inicio del descanso.
Se liquida el nominal de los días adeudados más su salario vacacional (100% y, si aplica, +15%).
12. Preguntas frecuentes — Liquidación final
Salario proporcional, aguinaldo proporcional, licencia no gozada + salario vacacional y indemnización (1 mes por año o fracción >3 meses, tope 6).
Recomendable dentro de 10 días del cese para evitar reclamos y mora.
No hay indemnización, pero se pagan proporcionales y días adeudados.
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13. Conclusiones
La liquidación de sueldo doméstica en Uruguay es un tema sensible porque toca directamente el bolsillo y los derechos de miles de trabajadoras. Aunque los cálculos pueden parecer técnicos, la normativa está clara y existen herramientas para simplificar el proceso.
Si sos empleador, tu responsabilidad es liquidar de forma correcta y a tiempo. Con la planilla que compartimos y la información del BPS, podés hacerlo sin complicaciones.
Y si tenés dudas puntuales (por ejemplo, casos de IRPF o despidos especiales), lo mejor siempre será consultar a un contador para revisar tu situación específica.
Recurso útil: descargar la planilla de liquidación doméstica (compatible con Google Sheets) y validar importes/porcentajes con los enlaces oficiales del BPS/MTSS.
14. Fuentes consultadas
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